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MADRID APRUEBA SU DEDUCCIÓN DEL 20% EN EL IRPF PARA INVERSIÓN EXTERIOR

La ley, que se remite hoy mismo a la Asamblea de Madrid, se aplicará con efecto retroactivo desde el 1 de enero a las inversiones de extranjeros o españoles residentes en el exterior que se instalen en la región.

La Ley contempla una deducción del 20% en el IRPF autonómico a aquellos residentes en el exterior, españoles o extranjeros, que decidieran instalarse e invertir en Madrid.

Esta Ley tiene como objetivo atraer inversiones y contribuyentes procedentes del extranjero con el objetivo de espolear aún más la creación de empleo y riqueza en la región.

El nuevo acicate fiscal está dirigido a extranjeros o españoles residentes en el exterior que lleven más de cinco años viviendo fuera de España y que decidan fijar su residencia fiscal en la Comunidad de Madrid e invertir en ella. la deducción del 20% será aplicable a diferentes tipos de activos como la inversión en obligaciones, bonos y letras del Tesoro; la compra de acciones de empresas cotizadas y no cotizadas, o participaciones en compañías y negocios.

La norma aprobada hoy no contempla la inversión en inmuebles, esto es, la compra de viviendas, garajes u otro tipo de activos inmobiliarios no se beneficiará de esta rebaja del IRPF.

Para acceder a este nuevo incentivo fiscal, Madrid exige mantener tanto la inversión como la residencia fiscal en la región durante un mínimo de 6 años.

 19/06/2024